"El principio de protección del alumno en el contexto de la relación educacional "

Henríquez Ramírez, Alfonso

Keywords: derecho a la educación, libertad de enseñanza, derechos del estudiante

Abstract

La jurisprudencia chilena en materia de educación presenta dos falencias importantes. En primer lugar, los tribunales nacionales suelen razonar en torno a la idea de que la libertad de enseñanza equivale simplemente a libertad para contratar, de manera que los sostenedores tienen un amplio margen de discrecionalidad para poder establecer los requisitos de admisión, aplicar castigos o expulsar estudiantes. En segundo lugar, y a consecuencia de lo anterior, la protección de los derechos de los alumnos −quienes, por lo demás, constituyen los principales actores del proceso formativo− pasa a ocupar un lugar de segundo orden, quedando subordinada al aseguramiento de los intereses de los titulares de la libertad de enseñanza. A este respecto, nuestro objetivo consiste en demostrar que las normas que se refieren al derecho a la educación están estructuradas en torno a un principio, el cual establece que el intérprete debe dar prioridad al aseguramiento de los derechos de los educandos, en el caso de que entren en conflicto con las garantías que el ordenamiento jurídico les reconoce a los otros sujetos que forman parte de la comunidad educativa. Este principio conduce a una mejor protección de los derechos de los estudiantes, en la medida en que obliga al juez a colocar en el centro de la discusión la tutela de sus intereses.

Más información

Editorial: Thomson Reuters
Fecha de publicación: 2018
Página final: 434
Idioma: Español
URL: https://www.thomsonreuters.cl/PortalLN/carro_new/nw_Ficha_Producto.asp?id_producto=5279#:~:text=Este%20principio%20conduce%20a%20una,la%20tutela%20de%20sus%20intereses.